Gobierno y auditores reavivan sus diferencias por la nueva Ley

06 de mayo de 2015
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Un texto "inmaduro y aún más complicado y farragoso que el que llegó al Congreso de los Diputados a mediados de febrero". Fuentes del sector auditor manifiestan así su disconformidad con las enmiendas al proyecto de Ley de Auditoría presentadas por el Grupo Popular y que, dada su mayoría absoluta en la Cámara se incluirán en el texto antes de que éste comience su andadura en el Senado.

Los revisores de cuentas confiaban en que la tramitación en el Congreso permitiera modificar el proyecto, sobre todo en lo relativo a su régimen de incompatibilidades que consideran de "muy difícil cumplimiento". Sin embargo, esta búsqueda de diálogo -que creían plausible hace sólo unas semanas dada la predisposición manifestada por el Ministerio de Economía- no ha dado los frutos que buscaban los auditores. "El Consejo de Estado ya definió el texto como farragoso y de difícil inteligibilidad y, con estas enmiendas, será aún más complicado", recalcan desde las firmas.

Un aspecto clave hace referencia a las incompatibilidades ligadas a los familiares de los auditores, que les obligarían a inhibirse de la revisión de cuentas de una empresa.

Vínculos familiares

Según las enmiendas propuestas por el PP los auditores principales, los que firman las cuentas, no podrán ejercer esta labor si la empresa auditada tiene relación con sus cónyuges "o las personas con quienes mantengan análogas relaciones de afectividad y aquellos con los que el auditor tenga vínculos de consanguinidad en primer grado directo o en segundo grado colateral, así como los cónyuges de aquellos con los que tengan los vínculos de consanguinidad citados". Este aspecto, según el sector "es prácticamente
imposible de cumplir" y hará "que cualquier auditoría que llegue al ICAC [el organismo regulador y supervisor]
va a estar mal, porque es muy probable que adolezca de algún tipo de infracción que conlleve sanciones para
las auditoras", indican.

La falta de claridad del texto ha hecho que, en las últimas semanas, las firmas de auditoría se hayan hecho eco de la inquietud de las principales compañías, incluidas las del Ibex, respecto a cómo influirá el proyecto, por ejemplo, en lo relativo a la independencia de sus auditores.

Otro de los aspectos que provoca desacuerdo es la definición de Entidades de Interés Público (EIP), ya que sobre éstas se lleva a cabo una supervisión de cuentas más exhaustiva. El sector auditor confiaba en que el Gobierno redujera el número de empresas incluidas en este concepto que, por ejemplo, deberán contar con un comité de auditoría. Bajo esta denominación, según las enmiendas del PP, se incluirán a las compañías del Ibex, aseguradoras, bancos y aquellas que coticen en el MAB dentro del segmento en expansión. Sin embargo, para las no cotizadas, la Ley no define cuáles se considerarán EIP y habrá que esperar al desarrollo reglamentario posterior. Actualmente, se califican como EIP a las empresas con más de 200 millones de euros de facturación y más de 1.000 empleados.

"Tal y como está redactado, el proyecto podría quedar en vía muerta", indica desde una de las firmas que, sin embargo, cree que aún hay margen para el diálogo, dado que el proyecto no se verá en Comisión hasta la próxima semana y aún resta su tramitación en el Senado.

Las claves del proyecto

* El proyecto de Ley de Auditoría transpondrá a España la Directiva y el Reglamento aprobados por Bruselas hace un año, que dejaban un amplio abanico de opciones para que cada Estado regulara en función de sus prioridades.

* El Ejecutivo español aprobó el proyecto el pasado febrero con el objetivo de aumenta la independencia y la calidad de la revisión de cuentas.

* El texto endurece las incompatibilidades de los auditores y marca 11 servicios que los revisores no podrán realizar a aquellas Entidades de Interés Público (EIP) que auditen, como contabilidad, abogacía o auditoría interna.

* El proyecto fija un plazo máximo de diez años, prorrogable en cuatro más, después del cual se obligará a rotar a las firmas de auditoría.

* Las EIP estarán obligadas a tener un comité de auditoría supervisado por la CNMV.

 

Fuente: Expansión

 

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